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3a Parte
54問 • 8ヶ月前
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    問題一覧

  • 1

    315. Son los que tienen a su cargo la planeación, dirección, supervisión y control de las actividades de los servicios subordinados, tienen autoridad técnica sobre los órganos de dirección y de ejecución de sus respectivos servicios en los escalones inferiores, pero no poseen sobre estos autoridad operativa.

    Órganos de dirección

  • 2

    316. Los órganos de dirección están constituidos por las direcciones o departamentos de los diversos servicios

    Al nivel del alto mando

  • 3

    316. Las jefaturas de los servicios son las que constituyen los órganos de dirección;

    Al nivel de los mandos superiores

  • 4

    316. Son órganos de dirección las y los oficiales o clases que funjen como jefes de cada uno de los núcleos orgánicos.

    Al nivel de las corporaciones

  • 5

    318. Son las unidades, dependencias e instalaciones de los servicios, orgánicas o en refuerzo en cada escalón; tienen a su cargo materializar la acción de los servicios según su especialidad.

    Órganos de ejecución

  • 6

    319. Es función del mando;

    Emplear a un servicio

  • 7

    319. Significa asignarle tareas acordes con su especialidad y sus capacidades para atender las necesidades del conjunto.

    Emplearlo

  • 8

    319. Es función de la o el jefe de servicio.

    Operar a un servicio

  • 9

    319. Significa accionar, hacer funcionar o manejar.

    Operar

  • 10

    319. Cuando apoyan a las tropas sin dejar de permanecer bajo control directo del mando, a través de quien asuma la jefatura de cada servicio.

    Centralizados

  • 11

    319. Cuando se fraccionan y sus componentes se asignan para apoyar a los escalones subordinados bajo control directo de los comandantes de éstos, a través de sus correspondientes jefas o jefes de servicio.

    Descentralizados

  • 12

    327. Constituido por vehículos que transportan elementos indispensables para el apoyo inmediato de las operaciones de la unidad.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 13

    327. Vehículos con municiones, en número indispensable para las necesidades de reamunicionamiento diario.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 14

    327. Vehículos con combustibles y lubricantes (CyL), en la cantidad necesaria para garantizar las operaciones del día.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 15

    327. Personal y material de mantenimiento automóvil, para reparaciones rápidas de segundo escalón.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 16

    327. Personal y material de sanidad, normalmente todos los disponibles en la unidad.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 17

    327. Constituido por vehículos que transportan elementos no indispensables para el apoyo inmediato de las operaciones.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 18

    327. Vehículos que transportan al servicio de alimentación, personal administrativo, vestuario y equipo.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 19

    327. Las papeleras de las Compañías, Escuadrones o Baterías subordinadas.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 20

    327. Excepcionalmente personal y material del Servicio de Sanidad.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 21

    331. Acompaña a su unidad en todas las operaciones y estará en condiciones de proporcionarle apoyo inmediato y se desplegará en un área próxima que se denominará _____________.

    El TC-1

  • 22

    331. En situaciones móviles se desplazará a la inmediata retaguardia por saltos y ocupará sucesivamente una _________ en cada salto.

    TC-1

  • 23

    332. Debe responder a las necesidades de dispersión y ocultamiento, de ser posible se hallará cerca del camino que se vaya a emplear para el desplazamiento y a distancia de apoyo del personal combatiente.

    El AS-1

  • 24

    332. Dentro de esta área se establecerán los puntos de distribución en combustibles y lubricantes, en armamento y municiones, los que quedarán situados a una distancia adecuada entre sí y entre los demás, a fin de evitar que una explosión en cualquiera de ellos perjudique a otros servicios.

    El AS-1

  • 25

    333. ______ de una unidad que opera aislada, se mantendrá a retaguardia de la misma, en un área que se denominará ________

    El TC-2

  • 26

    333. Durante los desplazamientos los _____ se mantienen a retaguardia de sus unidades, a una distancia conveniente para evitar que su presencia obstaculice o sea un problema para las operaciones de la unidad.

    TC-2

  • 27

    337. Reunirá los vehículos necesarios para el efecto y los organizará en un convoy, nombrando a una o un comandante del mismo; al que le hará entrega de los documentos que autoricen la operación de reabastecimiento (si los hay).

    La o el comandante del TC-1

  • 28

    344. Son los que desarrollan esencialmente funciones logísticas por lo que existen y funcionan desde tiempo de paz y su actuación es indispensable en las operaciones militares.

    Los Servicios Técnicos

  • 29

    413. Es el requerimiento de atender con PRONTITUD a enfermos, heridos y lesionados; está relacionado con el factor tiempo-distancia y como consecuencia resulta la necesidad de poseer mayor movilidad que la unidad a la que apoya.

    Apoyo de urgencia

  • 30

    414. Es la condición imprescindible requerida en la atención del paciente, manifestada por el contacto directo y personal entre quien proveer el apoyo de servicio con el que lo recibe.

    Apoyo por consulta directa y personal

  • 31

    415. Es la facultad que tiene el servicio para evacuar bajas humanas que lo ameriten, en forma regular directamente desde el lugar donde se produzcan hasta instalaciones ubicadas incluso en la zona del interior para su tratamiento, sin que este procedimiento se intérprete como modalidad de apoyo.

    Evacuación sin escalonamiento

  • 32

    416. Es el rasgo distintivo del servicio explicando por su extensión de apoyo no limitada exclusivamente a la zona de acción de las tropas amigas, sino ampliada a áreas afectadas por los elementos nocivos a la salud susceptibles de saneamiento preventivo y curativo aún sin control militar, así como a áreas de operaciones bajo control del enemigo en donde por situaciones diversas se requiera atender a pacientes de uno o ambos beligerantes.

    Apoyo sin límite territorial

  • 33

    417. Es la actuación constante e ininterrumpida del servicio resultando de la misión de conservar y recuperar la salud del personal en todo tiempo, lugar y situación, así como de continuidad que exige el tratamiento médico.

    Apoyo en permanencia

  • 34

    418. Es la posición en que queda el servicio de sanidad durante su operatividad, establecida en el derecho internacional.

    Protección del derecho internacional

  • 35

    439. Es el conjunto de actividades del Servicio tendientes a obtener, adiestrar y suministrar animales, principalmente canideos y ganado caballar a las unidades que lo requieran.

    Remonta

  • 36

    440. Es el conjunto de actividades del servicio tendientes a conservar la salud de los animales y por ende la salud humana, en todos los escalones donde se encuentren prestando sus servicios, así como a la recuperación de la salud de los animales enfermos, heridos o accidentados.

    Veterinaria

  • 37

    441. Inspeccionar la conservación, calidad sanitatia e inocuidad de los alimentos de origen animal para consumo de las tropas en operaciones militares, es una función del:

    Servicio de veterinaria y remonta

  • 38

    463. Es el MÁXIMO órgano dentro de la administración de la justicia militar.

    Tribunal Superior Militar

  • 39

    463. Tiene como finalidad resolver los recursos legales interpuestos por las partes ante los tribunales militares de primera instancia y de ejecución.

    Tribunal Superior Militar

  • 40

    463. Órgano jurisdiccional que actúa durante la etapa de Juicio Oral sobre la base de una acusación planteada por el Ministerio Público.

    Tribunales Militares de Juicio Oral

  • 41

    463. Conducen, deliberan y resuelven en las audiencias de Juicio oral; determinan la individualización de la sanción a imponer, explicando su contenido y alcance.

    Tribunales Militares de Juicio Oral

  • 42

    463. Intervienen en la etapa inicial e intermedia del proceso penal militar; supervisa que la investigación complementaria llevada a cabo por el Ministerio Público Militar se ajuste a la normatividad correspondiente, principalmente en materia de Derechos Humanos.

    Juzgados Militares de Control

  • 43

    463. Lleva a cabo la revisión y depuración de los medios de prueba que se desahogarán en la audiencia de juicio oral.

    Juzgados Militares de Control

  • 44

    463. Son los encargados de la aplicación y vigilancia de las resoluciones dictadas por los jueces de juicio oral y de control, siendo competentes para resolver sobre el otorgamiento de los beneficios que correspondan a las personas que hayan sido sentenciadas por los órganos del fuero militar.

    Juzgados Militares de Ejecución de Sentencias

  • 45

    463. Son organismos que en campaña por las condiciones propias de las operaciones, deben tener la flexibilidad de ubicarse en el área donde sea necesario llevar a cabo el juicio correspondiente para administrar la justicia, con el fin de no distraer recursos humanos y materiales de las misiones que tiene encomendadas.

    El Tribunal de Juicio Oral

  • 46

    463. Se mantendrán bajo el mando directo de la persona que se desempeñe como comandante del TO y en caso de ser necesario, gozarán de movilidad para trasladarse, a fin de establecer la sala de audiencia y realizar el juicio respectivo.

    Los Tribunales Militares de Juicio Oral

  • 47

    463. Serán adscritos a los Mandos Territoriales y a las Grandes Unidades Superiores, pudiendo en ocasiones asignarle a las Grandes Unidades Elementales, principalmente cuando operen de manera aislada, así como, a organismos aéreos y navales.

    Los Juzgados Militares de Control

  • 48

    464. Tiene a su cargo la institución del Ministerio Público, es el máximo órgano técnico jurídico en la investigación de los delitos del orden militar.

    Fiscalía General de Justica Militar

  • 49

    465. Es el órgano técnico-jurídico encargado de la defensa publica en los procesos militares por delitos de la competencia del fueron militar.

    Defensoria de Oficio Militar

  • 50

    494. Son instalaciones del servicio de personal que deben existir a razón de por lo menos uno por cada RM o TO, a estos centros debe concentrarse todo el personal reclutado, incluyendo al que se presenten de manera voluntaria y al movilizado.

    Los centros de reclutamiento

  • 51

    496. En estas instalaciones se recibe al personal recién reclutado, considerándolos como personal de "reclutas", sin pertenecer todavía a una determinada arma o servicio.

    Los centros de adiestramiento básico

  • 52

    498. Tienen por objeto instruir en la medida necesaria al personal reclutado, para ponerlo en condiciones de ser encuadrado en las unidades, dependencias o instalaciones en que prestarán sus servicios.

    Los centros de adiestramiento de reemplazos

  • 53

    501. Deben considerarse como escuelas de tropa, por lo que no obstante ser manejados por el servicio de personal, también tienen autoridad técnica sobre ellos las direcciones, departamentos o jefaturas de las armas y los servicios.

    Los centros de adiestramiento de reemplazos

  • 54

    505. Son instalaciones del servicio de personal existentes a razón de por lo menos una en cada RM o TO, en las que diversas unidades del área concentran al personal que ha causado baja del activo para volver a la vida civil.

    Los centros de licenciamiento

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    問題一覧

  • 1

    315. Son los que tienen a su cargo la planeación, dirección, supervisión y control de las actividades de los servicios subordinados, tienen autoridad técnica sobre los órganos de dirección y de ejecución de sus respectivos servicios en los escalones inferiores, pero no poseen sobre estos autoridad operativa.

    Órganos de dirección

  • 2

    316. Los órganos de dirección están constituidos por las direcciones o departamentos de los diversos servicios

    Al nivel del alto mando

  • 3

    316. Las jefaturas de los servicios son las que constituyen los órganos de dirección;

    Al nivel de los mandos superiores

  • 4

    316. Son órganos de dirección las y los oficiales o clases que funjen como jefes de cada uno de los núcleos orgánicos.

    Al nivel de las corporaciones

  • 5

    318. Son las unidades, dependencias e instalaciones de los servicios, orgánicas o en refuerzo en cada escalón; tienen a su cargo materializar la acción de los servicios según su especialidad.

    Órganos de ejecución

  • 6

    319. Es función del mando;

    Emplear a un servicio

  • 7

    319. Significa asignarle tareas acordes con su especialidad y sus capacidades para atender las necesidades del conjunto.

    Emplearlo

  • 8

    319. Es función de la o el jefe de servicio.

    Operar a un servicio

  • 9

    319. Significa accionar, hacer funcionar o manejar.

    Operar

  • 10

    319. Cuando apoyan a las tropas sin dejar de permanecer bajo control directo del mando, a través de quien asuma la jefatura de cada servicio.

    Centralizados

  • 11

    319. Cuando se fraccionan y sus componentes se asignan para apoyar a los escalones subordinados bajo control directo de los comandantes de éstos, a través de sus correspondientes jefas o jefes de servicio.

    Descentralizados

  • 12

    327. Constituido por vehículos que transportan elementos indispensables para el apoyo inmediato de las operaciones de la unidad.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 13

    327. Vehículos con municiones, en número indispensable para las necesidades de reamunicionamiento diario.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 14

    327. Vehículos con combustibles y lubricantes (CyL), en la cantidad necesaria para garantizar las operaciones del día.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 15

    327. Personal y material de mantenimiento automóvil, para reparaciones rápidas de segundo escalón.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 16

    327. Personal y material de sanidad, normalmente todos los disponibles en la unidad.

    Tren de Combate (TC-1)

  • 17

    327. Constituido por vehículos que transportan elementos no indispensables para el apoyo inmediato de las operaciones.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 18

    327. Vehículos que transportan al servicio de alimentación, personal administrativo, vestuario y equipo.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 19

    327. Las papeleras de las Compañías, Escuadrones o Baterías subordinadas.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 20

    327. Excepcionalmente personal y material del Servicio de Sanidad.

    Tren de Campaña (TC-2)

  • 21

    331. Acompaña a su unidad en todas las operaciones y estará en condiciones de proporcionarle apoyo inmediato y se desplegará en un área próxima que se denominará _____________.

    El TC-1

  • 22

    331. En situaciones móviles se desplazará a la inmediata retaguardia por saltos y ocupará sucesivamente una _________ en cada salto.

    TC-1

  • 23

    332. Debe responder a las necesidades de dispersión y ocultamiento, de ser posible se hallará cerca del camino que se vaya a emplear para el desplazamiento y a distancia de apoyo del personal combatiente.

    El AS-1

  • 24

    332. Dentro de esta área se establecerán los puntos de distribución en combustibles y lubricantes, en armamento y municiones, los que quedarán situados a una distancia adecuada entre sí y entre los demás, a fin de evitar que una explosión en cualquiera de ellos perjudique a otros servicios.

    El AS-1

  • 25

    333. ______ de una unidad que opera aislada, se mantendrá a retaguardia de la misma, en un área que se denominará ________

    El TC-2

  • 26

    333. Durante los desplazamientos los _____ se mantienen a retaguardia de sus unidades, a una distancia conveniente para evitar que su presencia obstaculice o sea un problema para las operaciones de la unidad.

    TC-2

  • 27

    337. Reunirá los vehículos necesarios para el efecto y los organizará en un convoy, nombrando a una o un comandante del mismo; al que le hará entrega de los documentos que autoricen la operación de reabastecimiento (si los hay).

    La o el comandante del TC-1

  • 28

    344. Son los que desarrollan esencialmente funciones logísticas por lo que existen y funcionan desde tiempo de paz y su actuación es indispensable en las operaciones militares.

    Los Servicios Técnicos

  • 29

    413. Es el requerimiento de atender con PRONTITUD a enfermos, heridos y lesionados; está relacionado con el factor tiempo-distancia y como consecuencia resulta la necesidad de poseer mayor movilidad que la unidad a la que apoya.

    Apoyo de urgencia

  • 30

    414. Es la condición imprescindible requerida en la atención del paciente, manifestada por el contacto directo y personal entre quien proveer el apoyo de servicio con el que lo recibe.

    Apoyo por consulta directa y personal

  • 31

    415. Es la facultad que tiene el servicio para evacuar bajas humanas que lo ameriten, en forma regular directamente desde el lugar donde se produzcan hasta instalaciones ubicadas incluso en la zona del interior para su tratamiento, sin que este procedimiento se intérprete como modalidad de apoyo.

    Evacuación sin escalonamiento

  • 32

    416. Es el rasgo distintivo del servicio explicando por su extensión de apoyo no limitada exclusivamente a la zona de acción de las tropas amigas, sino ampliada a áreas afectadas por los elementos nocivos a la salud susceptibles de saneamiento preventivo y curativo aún sin control militar, así como a áreas de operaciones bajo control del enemigo en donde por situaciones diversas se requiera atender a pacientes de uno o ambos beligerantes.

    Apoyo sin límite territorial

  • 33

    417. Es la actuación constante e ininterrumpida del servicio resultando de la misión de conservar y recuperar la salud del personal en todo tiempo, lugar y situación, así como de continuidad que exige el tratamiento médico.

    Apoyo en permanencia

  • 34

    418. Es la posición en que queda el servicio de sanidad durante su operatividad, establecida en el derecho internacional.

    Protección del derecho internacional

  • 35

    439. Es el conjunto de actividades del Servicio tendientes a obtener, adiestrar y suministrar animales, principalmente canideos y ganado caballar a las unidades que lo requieran.

    Remonta

  • 36

    440. Es el conjunto de actividades del servicio tendientes a conservar la salud de los animales y por ende la salud humana, en todos los escalones donde se encuentren prestando sus servicios, así como a la recuperación de la salud de los animales enfermos, heridos o accidentados.

    Veterinaria

  • 37

    441. Inspeccionar la conservación, calidad sanitatia e inocuidad de los alimentos de origen animal para consumo de las tropas en operaciones militares, es una función del:

    Servicio de veterinaria y remonta

  • 38

    463. Es el MÁXIMO órgano dentro de la administración de la justicia militar.

    Tribunal Superior Militar

  • 39

    463. Tiene como finalidad resolver los recursos legales interpuestos por las partes ante los tribunales militares de primera instancia y de ejecución.

    Tribunal Superior Militar

  • 40

    463. Órgano jurisdiccional que actúa durante la etapa de Juicio Oral sobre la base de una acusación planteada por el Ministerio Público.

    Tribunales Militares de Juicio Oral

  • 41

    463. Conducen, deliberan y resuelven en las audiencias de Juicio oral; determinan la individualización de la sanción a imponer, explicando su contenido y alcance.

    Tribunales Militares de Juicio Oral

  • 42

    463. Intervienen en la etapa inicial e intermedia del proceso penal militar; supervisa que la investigación complementaria llevada a cabo por el Ministerio Público Militar se ajuste a la normatividad correspondiente, principalmente en materia de Derechos Humanos.

    Juzgados Militares de Control

  • 43

    463. Lleva a cabo la revisión y depuración de los medios de prueba que se desahogarán en la audiencia de juicio oral.

    Juzgados Militares de Control

  • 44

    463. Son los encargados de la aplicación y vigilancia de las resoluciones dictadas por los jueces de juicio oral y de control, siendo competentes para resolver sobre el otorgamiento de los beneficios que correspondan a las personas que hayan sido sentenciadas por los órganos del fuero militar.

    Juzgados Militares de Ejecución de Sentencias

  • 45

    463. Son organismos que en campaña por las condiciones propias de las operaciones, deben tener la flexibilidad de ubicarse en el área donde sea necesario llevar a cabo el juicio correspondiente para administrar la justicia, con el fin de no distraer recursos humanos y materiales de las misiones que tiene encomendadas.

    El Tribunal de Juicio Oral

  • 46

    463. Se mantendrán bajo el mando directo de la persona que se desempeñe como comandante del TO y en caso de ser necesario, gozarán de movilidad para trasladarse, a fin de establecer la sala de audiencia y realizar el juicio respectivo.

    Los Tribunales Militares de Juicio Oral

  • 47

    463. Serán adscritos a los Mandos Territoriales y a las Grandes Unidades Superiores, pudiendo en ocasiones asignarle a las Grandes Unidades Elementales, principalmente cuando operen de manera aislada, así como, a organismos aéreos y navales.

    Los Juzgados Militares de Control

  • 48

    464. Tiene a su cargo la institución del Ministerio Público, es el máximo órgano técnico jurídico en la investigación de los delitos del orden militar.

    Fiscalía General de Justica Militar

  • 49

    465. Es el órgano técnico-jurídico encargado de la defensa publica en los procesos militares por delitos de la competencia del fueron militar.

    Defensoria de Oficio Militar

  • 50

    494. Son instalaciones del servicio de personal que deben existir a razón de por lo menos uno por cada RM o TO, a estos centros debe concentrarse todo el personal reclutado, incluyendo al que se presenten de manera voluntaria y al movilizado.

    Los centros de reclutamiento

  • 51

    496. En estas instalaciones se recibe al personal recién reclutado, considerándolos como personal de "reclutas", sin pertenecer todavía a una determinada arma o servicio.

    Los centros de adiestramiento básico

  • 52

    498. Tienen por objeto instruir en la medida necesaria al personal reclutado, para ponerlo en condiciones de ser encuadrado en las unidades, dependencias o instalaciones en que prestarán sus servicios.

    Los centros de adiestramiento de reemplazos

  • 53

    501. Deben considerarse como escuelas de tropa, por lo que no obstante ser manejados por el servicio de personal, también tienen autoridad técnica sobre ellos las direcciones, departamentos o jefaturas de las armas y los servicios.

    Los centros de adiestramiento de reemplazos

  • 54

    505. Son instalaciones del servicio de personal existentes a razón de por lo menos una en cada RM o TO, en las que diversas unidades del área concentran al personal que ha causado baja del activo para volver a la vida civil.

    Los centros de licenciamiento