derecho comercial 31/07 4° T
問題一覧
1
es un título de crédito a la orden abstracto formal y completo que contiene la promesa y condición de hacer pagar o en su defecto de pagar una suma determinada de dinero a su portador legitimado vinculando solidariamente a todos sus firmantes
2
todo los intevenientes en el circulación de los títulos valores quedaran solidariamente obligados respecto del portador . el portador tiene la libertad de escoger al deudor o deudores cambiores y no está obligado a seguí un orden ni ir contra los obligados próximos.
3
el librador o el portador de un cheque pueden cruzarlo el cruzamiento se efectúa por medio de dos barras paralelas colocadas en el anverso del cheque el cheque el cheque puede ser cruzado en especial que se le dice cruzamiento nominativo o general que debe ser el cruzamiento blanco el cruzamiento cruzado especial es especial si entre las barras contiene el nombre de una entidad autorizada para prestar el servicio de cheque cuando el cheque usado general el general siempre las barras No hay ninguna mención a ningún banco el cruzamiento general se puede transformar en cruzamiento especial pero el cruzamiento especial no se puede transformar en cruzamiento general la fecha la tacha de cruzamiento o de la misión contenida entre las barras se tendrá por no echar el cruzamiento de los cheques normalmente lo realiza el liberador pero no existe inconveniente para que un cheque abierto lo realice el tomador simple tenedor o incluso una barista quién no la puede realizar es el banco girado y quien cruza un cheque percibe con eso que el cheque no se ha cobrado en ventanilla es decir que los cheques sea especial sea general o el ya cruzado común no puede ser cobrado en ventanilla
4
los títulos valores incorporan una obligación incondicional e irrevocable de una prestación y otorgan a cada titular un derecho autónomo sujeto a la proyecto del artículo 1816 existirá título valor cuando se verifiquen los siguientes dos elementos la existencia de documento que puede ser material o inmaterial y la existencia de obligación
5
el portador de buena fe de un título valor que lo quiere conforme con su ley de circulación tiene un derecho autónomo y le son inoponible la defensa personal es que le pueden existir contra anteriores portadores.
6
título al portador son aquellos títulos en los cuales no se designa a persona alguna computadora legitimado y por este motivo se pueden transmitir por simple entrega o tradición. títulos a la orden son aquellos títulos valores que han sido liberado a favor de una persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se realice bajo la forma y los efectos de una endosa esto es confirma al dorso del título y la simple entrega o tradición. títulos no a la orden son aquellos títulos valores que han sido liberados a favor de una persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se realice bajo la forma y el efecto de una sesión de derechos esto es confirma el doble título la notificación del al deudor y la simple entrega o tradición. títulos nominativos endosables son aquellos títulos que han celebrado a favor de la persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se revise bajo por endoso con el agregado de que para perfeccionar esta transmisión se requiere la inscripción de dicha transferencia en el registro del emisor. título nominativo no endosable son aquellos títulos valores que han sido liberados a favor de una persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se revise por sesión de derechos pero con el agregado de que para perfeccionar esta transmisión se requiere la inscripción de dicha transferencia en el registro del emisor.
7
tenemos los títulos causales en estos casos el documento y el derecho incorporado al mismo están íntimamente vinculado a la causa negocio o relación fundamental que le dio origen y motivo a su libramiento en el título causales podemos tomar como ejemplo la carta deporte que la carta de transporte donde hay una especie de negocio entre el transportador y el transportado. los títulos abstractos en estos casos el documento y el derecho incorporado al mismo se encuentran totalmente desvinculado de la causa negocio o relación fundamental que le dio origen y motivo a su libramiento en estos títulos podemos considerar como ejemplo la letra de cambio el pagaré Y el cheque
8
elendoso es la forma de por excelencia de circulación cambiaria de los títulos a la orden y de los títulos nominativos cuando la persona en dos un título valor a la orden o nominativo lo que está haciendo es transferir la titularidad del derecho que se encuentra incorporado en dicho título a un tercero también podemos definir alendoso como el acto jurídico cambia yo unilateral y accesorio mediante la cual se transmite la propia de documento y con ello la titularidad del derecho emergente de habilitando al endosatario para ejercer todos los derechos resultantes de título y a la vez que el endosante ASUME la aplicación de garante y de pago del título. la forma para aplicarlo es que en el uso siempre debe extender en el título generalmente es que tienen el dorso el título y va a cerrar la sola firma del endosante para configurar. para agregar el que adquirirá el el un derecho a través del endoso tendrá un derecho originario es decir un derecho autónomo a la que le son inaponibles a defensa personal
9
si al librar un título el librador incluye la leyenda no negociable a continuación del hombre del beneficiario del título con la inclusión de dicha cláusula lo que liberador estará buscando es limitar los efectos propios del endoso como forma de circulación de los títulos valores en virtud de lo expuesto el portador podrá recurrir la forma del doxo pero los efectos que producirá dicho en dos o no serán los propios negocios sino que serán los propios de una sesión de derecho es decir que la adquisición será de un derecho derivado
10
todos los intervinientes en la circulación de los distintos valores quedan solidariamente obligados respecto del portador en los títulos valores los obligados se van convirtiendo en tales en forma sucesiva y pese a que cada uno de los firmantes promete la misma cosa cada cual lo hace por causa diferencia
11
es un auto auténtico formal solemne unitario e insustituible impuesto por ley del tenedor de un título como carga sustancial con la doble finalidad de comprobar situaciones cambiaras insatisfechas y fijar la actividad desarrollada por el portador para cumplir La regulación establecida en la ley cambiaria
12
existen dos clases de cheque por un lado tenemos el cheque común que es un instrumento de pago y por el otro lado tenemos el cheque de pago y furido que es un instrumento de crédito.
13
es cuando un cheque no significa al beneficiario del título en este caso quien lo posea podrá incluir un hombre y así cambiar la ley de circulación además el cheque se transmite mediante la simple entrega.
14
el cheque nominal es aquel que se irá a favor de una o varias personas físicas o jurídicas determinadas y se puede liberar para que lo cobren en forma conjunta o alternativamente se indica con esta forma de giro el nombre y apellido o razón social del beneficiario este cheque se transmite por endoso y el endoso debe ser siempre puro y simple el endoso se extiende al dorso del cheque o sobre una hoja unida al mismo el endoso puede ser realizado por cualquiera de los intervenientes en la circulación del cheque con excepción del banco girado que no podrán usarlo el endosante es salvo cláusula contrario garante del cheque el endoso posterior a la presentación al cobro y rechazo del cheque solo produce los efectos de una sesión de créditos.
15
este cheque no podrá ser endosado sino que solo podrá ser transmitido bajo las formas y conoce efecto de una sesión de crédito a excepción de en dos casos que podrían ser si el cheque con cláusula no la orden se transmite a una entidad financiera comprendida en la ley 21,526 podrá utilicárceles dos y además si el cheque con cláusula no la organización se deposita en la caja de valores social anónima para su posterior negociación en mercado de valores podrá utilizarse elementos agregando que se endosa para una negociación en mercado de valores
16
si un cheque nominal incluye a continuación del beneficiario la cláusula No negociable ese cheque podrá ser endosado por el beneficiario y los sucesivos endosatarios pero en cualquiera de estos casos la transmisión de los derechos cambiarios se consideran al título derivado y no producirán la transmisión autónoma u originaria quiere decir que no impide que el cheque sea usado pero talentoso surte los efectos de una sesión de derecho que quiere asignación de derecho básicamente pierde la autonomía para decir que está sujeto al negocio que le dio causa de origen
17
esta forma de giro tiene buen uso en la vida bancaria cotidiana pues quién tiene fondo depositados en un banco puede obtener su entrega mediante el mismo procedimiento usado para hacerlos entregar a tercero..
18
los cheques que son librados en el país tienen un plazo que es de 30 días corridos y se cuenta a partir de la fecha que el cheque lleva como declaración si el término vence un día inhábil bancario el cheque podrá ser presentado el primer día hábil siguiente el vencimiento por otro lado tenemos los cheques librados desde el extranjero en estos casos los plazos de cinta ya corridos y de cuenta también a partir de la fecha que el cheque lleva como declaración y lo mismo pasa acá que es que si el término vence un día en aviva bancario el plazo se extiende hasta el primer día hábil si entra el vencimiento. cuando la presentación del cheque dentro de los plazos fue es impedida por un obstáculo insalvable insalvable los plazos de presentación quedarán prorrogados Y si la fuerza mayor dura hace más de 30 días de cumplidos los plazos para la presentación del pago la acción de regreso puede ejercerse sin necesidad de presentación y para terminar si el cheque no se presenta dentro de los plazos mencionados caduca como título de crédito quedando de grado a la condición de simple documento quirografario con reducir eficacia probatoria.
19
una vez presentado el cheque el banco tiene dos opciones el caso de pagar el banco queda liberado ahora el banco responderá anteriorrador en circunstancia por ejemplo cuando paga un cheque en el que la firma de liberador sea visiblemente falsificada también cuando paga un cheque que no reviste los requisitos esenciales qué requisitos y cuando paga un cheque que no hubiera sido extendido en el esqueleto entregado al librador . en caso de no pagar el banco solo puede negarse a pagar en los casos establecido en la ley de cheques y cuando resuelva no pagar por alguna causa el fundado en la ley debe hacer contar la negativa en el título haciendo a contar la causa la fecha y hora de la presentación y el domicilio del grado registrado ante el banco girado La constancia que debe ser suscripta por funcionario autorizado del banco tiene los efectos del protesto y abre la vía ejecutiva para el cobro judicial del cheque por otro lado si el banco se niega a dejar constancia en el cheque o se llega injustificadamente recibirlo este podrá ser demandado por los daños perjuicio ocasionados por otro lado frente a negativa del banco a dejar constancia de los motivos de pago en el cheque nacen cabeza el puerto legitimado La carga de levantar protesto si es que desea posteriormente ejecutar el cheque haciendo uso de las acciones cambiarias
20
la carta de levantar protesto nace en cabeza del portal legitimado cuando frente al negativa de pago el banco se niega a dejar constancia de dicho no pago en el cheque al protesta tiene por finalidad justamente evitar la causa del cheque como tal y habilitar el ejercicio de las acciones cambiarias por parte del portador legitimado por lo tanto ante no pago y negativa dejar constancia por parte del banco el portado legitimado que no quiera perder las acciones cambiarias tendrá la carga de levantar protesta notarial comprobando la negativa y sus circunstancias si el portal legitima no cumple con la cara cambiaria sustancial de levantar protesto en tiempo informa útil el cheque se perjudica como título de crédito cambiario es decir el portal sufre la codicidad de las acciones cambiarias regresivas y el título queda degradado para agregar el portador del cheque dentro de los dos días hábiles bancarios posteriores a la notificación de rechazo del cheque deber aviso asuntos antes y al liberador por su parte Carlos antes dentro de los dos días hábiles bancarios posteriores a la recepción del aviso deberá dar aviso los respectivos endosantes indicando el nombre y el domicilio de quién dio el aviso El aviso también debe darse a los avaristas y la falta de aviso no perjudica las acciones cambiarias pero hace responsable a quien no avisa por los perjuicios causados por su negligencia sin que la reparación pueda acceder el importe del cheque
21
tenemos las acciones cambiar de regreso a término esta acción puede ser ejercida por el portal legitimado del cheque contra el liberador y los endosantes y su respectivos avalistas si los hubiera es decir son legitimados pasivos todo lo que firmaron el cheque para que proceda la acción se debe haber observado la carga de presentación al pago de un término ante el banco girado o ante el banco depositario y el banco debe haber dejado constancia en el título de las causas de rechazo en su defecto se debe haber levantado protesto la acción bajo análisis prescribe al año contando de la expiración del plazo para la presentación después tenemos la acción cambiaria de regreso anticipado este en el cheque cómo se podrá ejercer esta acción cuando habiéndose presentado una causa de fuerza mayor que impida la presentación del pago el cheque dicha causa se extendiera más allá de 30 días en este caso la acción de regreso quedará expedita y sin necesidad de presentación al pago en estos casos el portal legitimado podrá demandar a los endosantes al librador y a sus respectivos sabaristas quedando excluido como el caso anterior aquellos endosante que quedan incluido en la cláusula sin garantía esta acción prescribió el año contando de expiración del plazo para la presentación y la última que sería la acción cambiará de regreso esta opción se denomina adulterio y regreso y puede ser ejercida por aquellos endosantes sus respectivos avalistas y por la valistas del vibrador que haya pagado el cheque la acción bajo análisis podrá hacer ejercitada contra todos los obligados de regreso que garantizan en el anexo cambiario del portador que atendió su pago o que fue demandado judicialmente por su cobro incluyendo ahora si el vibrador quien no puede ser legitimado activo para que para que proceda la acción es necesario tres circunstancias uno que se haya pagado el cheque rechazado judicial o extrajudicialmente todos quien nadie haya sido identificado de la demanda judicial por el cobro del cheque y tres que el cheque va a ser la acción no se haya perjudicado es decir quién requirió el pago lo hizo en tiempo propio cumpliendo con la carga cambiaria de presentación y el rechazo fue debidamente documentado por el banco girado
22
el cheque ese dominio imputado cuando se denuncia el destino del pago al dorso o en el añadido y bajo su firma es decir se denomina cheque imputado con nos indica expresa y precisamente el destino que se le dará al importe del mismo así por ejemplo el cheque podría incluir una mención que indicara que el importe del mismo se imputar al pago de la deuda que el señor a sería liberador tiene con el señor b beneficiario de la imputación en virtud de la relación jurídica x que une las partes la principal consecuencia de esta cláusula es la siguiente cuando es beneficiario de la imputación en 12 o presente al cobro el cheque imputado debe estar aceptando el importe del mismo y la cancelación de la deuda sin que esto admita prueba en contrario así si seguimos con el ejemplo del párrafo anterior si b presenta el cheque imputado al cobro o lo en dos a favor de un tesoro estará por ese solo hecho aceptando el monto de crédito y la cancelación de la deuda que tiene cona en virtud de la relación jurídica x que una de las partes la imputación la puede ser liberador o el portador del cheque en cuanto a los efectos que produce la inclusión de esta cláusula podemos decir que produce efectos cambiarios y extras cambiarios dentro los cambiarios volviendo al segundo párrafo y beneficiario de la imputación presenta el cheque imputado al cobro o lo endosa está aceptando por eso lo hecho el importe del cheque y la cancelación de la deuda estos efectos se producen exclusivamente entre quién inserta la cláusula y el beneficiario de la imputación y cuando hablamos de extra cambiario se obliga al banco girado tanto al cheque tanto con el cheque se ha presentado el cobro por el beneficio del mismo como cuando se ha presentado el cobro por la persona a favor de quien el beneficiario efectuado en Mendoza a verificar la autenticidad de la firma del beneficiario de la imputación debido a que esta obligación se le impone al banco girado es muy difícil de muy difícil cumplimiento la circulación cheque en puntada es casi nula y en la mayoría de los casos en los que se libra este tipo de cheque el beneficiario de la imputación lo cobra directamente en ventanilla o lo depósito pero casi nunca la endosa
23
el cheque se denomina cheque certificado cuando se incluye en su texto una constancia de que existen fondos suficientes ni disponibles destinados al pago exclusivo del cheque la finalidad de este cheque básicamente gantes al portón el cobro es decir que fondo disponibles para el cobro del plazo estipulado y además impedir que el vibrador utilice dicho fondo durante el término por el cual se justificó la certificación del cheque la hace el banco girado a pedido de librador del tomador o del último de saetario y requiere una doble actividad por parte del banco por un lado el banco deberá incluir en el cheque la constancia de que existen fondos suficiente disponibles destinados al pago exclusivo del mismo del modo que quien reciba el cheque tenga certeza de qué se trata de esa variedad iconos casi los términos de la certificación y por otro lado el banco deberá extraer de la cuenta corriente bancaria del liberador los fondos suficientes para el pago del cheque y abrir una cuenta especial es la que escribe acreditará y mantendrá dicho fondos por el plazo de certificación El que como máximo será de 5 días durante este periodo el banco ASUME la responsabilidad de dejar absolutamente al margen los fondos de la certificación con lo cual si el tenedor del cheque lo presenta el cobro del placer de certificación y el pago no se puede efectuar porque no existen fondos como consecuencia el que banco incumplió sin de mantener los fondos para el pago el banco deberá indemnizar al tenedor del cheque la certificación debe llevar la fecha el plazo de duración y debe estar firmada y sellada si el vencimiento certificación el cheque no se cobró los fondos se depositan nuevamente en la cuenta de origen
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1
es un título de crédito a la orden abstracto formal y completo que contiene la promesa y condición de hacer pagar o en su defecto de pagar una suma determinada de dinero a su portador legitimado vinculando solidariamente a todos sus firmantes
2
todo los intevenientes en el circulación de los títulos valores quedaran solidariamente obligados respecto del portador . el portador tiene la libertad de escoger al deudor o deudores cambiores y no está obligado a seguí un orden ni ir contra los obligados próximos.
3
el librador o el portador de un cheque pueden cruzarlo el cruzamiento se efectúa por medio de dos barras paralelas colocadas en el anverso del cheque el cheque el cheque puede ser cruzado en especial que se le dice cruzamiento nominativo o general que debe ser el cruzamiento blanco el cruzamiento cruzado especial es especial si entre las barras contiene el nombre de una entidad autorizada para prestar el servicio de cheque cuando el cheque usado general el general siempre las barras No hay ninguna mención a ningún banco el cruzamiento general se puede transformar en cruzamiento especial pero el cruzamiento especial no se puede transformar en cruzamiento general la fecha la tacha de cruzamiento o de la misión contenida entre las barras se tendrá por no echar el cruzamiento de los cheques normalmente lo realiza el liberador pero no existe inconveniente para que un cheque abierto lo realice el tomador simple tenedor o incluso una barista quién no la puede realizar es el banco girado y quien cruza un cheque percibe con eso que el cheque no se ha cobrado en ventanilla es decir que los cheques sea especial sea general o el ya cruzado común no puede ser cobrado en ventanilla
4
los títulos valores incorporan una obligación incondicional e irrevocable de una prestación y otorgan a cada titular un derecho autónomo sujeto a la proyecto del artículo 1816 existirá título valor cuando se verifiquen los siguientes dos elementos la existencia de documento que puede ser material o inmaterial y la existencia de obligación
5
el portador de buena fe de un título valor que lo quiere conforme con su ley de circulación tiene un derecho autónomo y le son inoponible la defensa personal es que le pueden existir contra anteriores portadores.
6
título al portador son aquellos títulos en los cuales no se designa a persona alguna computadora legitimado y por este motivo se pueden transmitir por simple entrega o tradición. títulos a la orden son aquellos títulos valores que han sido liberado a favor de una persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se realice bajo la forma y los efectos de una endosa esto es confirma al dorso del título y la simple entrega o tradición. títulos no a la orden son aquellos títulos valores que han sido liberados a favor de una persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se realice bajo la forma y el efecto de una sesión de derechos esto es confirma el doble título la notificación del al deudor y la simple entrega o tradición. títulos nominativos endosables son aquellos títulos que han celebrado a favor de la persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se revise bajo por endoso con el agregado de que para perfeccionar esta transmisión se requiere la inscripción de dicha transferencia en el registro del emisor. título nominativo no endosable son aquellos títulos valores que han sido liberados a favor de una persona determinada y que para transmitirlo se requiere que la transmisión se revise por sesión de derechos pero con el agregado de que para perfeccionar esta transmisión se requiere la inscripción de dicha transferencia en el registro del emisor.
7
tenemos los títulos causales en estos casos el documento y el derecho incorporado al mismo están íntimamente vinculado a la causa negocio o relación fundamental que le dio origen y motivo a su libramiento en el título causales podemos tomar como ejemplo la carta deporte que la carta de transporte donde hay una especie de negocio entre el transportador y el transportado. los títulos abstractos en estos casos el documento y el derecho incorporado al mismo se encuentran totalmente desvinculado de la causa negocio o relación fundamental que le dio origen y motivo a su libramiento en estos títulos podemos considerar como ejemplo la letra de cambio el pagaré Y el cheque
8
elendoso es la forma de por excelencia de circulación cambiaria de los títulos a la orden y de los títulos nominativos cuando la persona en dos un título valor a la orden o nominativo lo que está haciendo es transferir la titularidad del derecho que se encuentra incorporado en dicho título a un tercero también podemos definir alendoso como el acto jurídico cambia yo unilateral y accesorio mediante la cual se transmite la propia de documento y con ello la titularidad del derecho emergente de habilitando al endosatario para ejercer todos los derechos resultantes de título y a la vez que el endosante ASUME la aplicación de garante y de pago del título. la forma para aplicarlo es que en el uso siempre debe extender en el título generalmente es que tienen el dorso el título y va a cerrar la sola firma del endosante para configurar. para agregar el que adquirirá el el un derecho a través del endoso tendrá un derecho originario es decir un derecho autónomo a la que le son inaponibles a defensa personal
9
si al librar un título el librador incluye la leyenda no negociable a continuación del hombre del beneficiario del título con la inclusión de dicha cláusula lo que liberador estará buscando es limitar los efectos propios del endoso como forma de circulación de los títulos valores en virtud de lo expuesto el portador podrá recurrir la forma del doxo pero los efectos que producirá dicho en dos o no serán los propios negocios sino que serán los propios de una sesión de derecho es decir que la adquisición será de un derecho derivado
10
todos los intervinientes en la circulación de los distintos valores quedan solidariamente obligados respecto del portador en los títulos valores los obligados se van convirtiendo en tales en forma sucesiva y pese a que cada uno de los firmantes promete la misma cosa cada cual lo hace por causa diferencia
11
es un auto auténtico formal solemne unitario e insustituible impuesto por ley del tenedor de un título como carga sustancial con la doble finalidad de comprobar situaciones cambiaras insatisfechas y fijar la actividad desarrollada por el portador para cumplir La regulación establecida en la ley cambiaria
12
existen dos clases de cheque por un lado tenemos el cheque común que es un instrumento de pago y por el otro lado tenemos el cheque de pago y furido que es un instrumento de crédito.
13
es cuando un cheque no significa al beneficiario del título en este caso quien lo posea podrá incluir un hombre y así cambiar la ley de circulación además el cheque se transmite mediante la simple entrega.
14
el cheque nominal es aquel que se irá a favor de una o varias personas físicas o jurídicas determinadas y se puede liberar para que lo cobren en forma conjunta o alternativamente se indica con esta forma de giro el nombre y apellido o razón social del beneficiario este cheque se transmite por endoso y el endoso debe ser siempre puro y simple el endoso se extiende al dorso del cheque o sobre una hoja unida al mismo el endoso puede ser realizado por cualquiera de los intervenientes en la circulación del cheque con excepción del banco girado que no podrán usarlo el endosante es salvo cláusula contrario garante del cheque el endoso posterior a la presentación al cobro y rechazo del cheque solo produce los efectos de una sesión de créditos.
15
este cheque no podrá ser endosado sino que solo podrá ser transmitido bajo las formas y conoce efecto de una sesión de crédito a excepción de en dos casos que podrían ser si el cheque con cláusula no la orden se transmite a una entidad financiera comprendida en la ley 21,526 podrá utilicárceles dos y además si el cheque con cláusula no la organización se deposita en la caja de valores social anónima para su posterior negociación en mercado de valores podrá utilizarse elementos agregando que se endosa para una negociación en mercado de valores
16
si un cheque nominal incluye a continuación del beneficiario la cláusula No negociable ese cheque podrá ser endosado por el beneficiario y los sucesivos endosatarios pero en cualquiera de estos casos la transmisión de los derechos cambiarios se consideran al título derivado y no producirán la transmisión autónoma u originaria quiere decir que no impide que el cheque sea usado pero talentoso surte los efectos de una sesión de derecho que quiere asignación de derecho básicamente pierde la autonomía para decir que está sujeto al negocio que le dio causa de origen
17
esta forma de giro tiene buen uso en la vida bancaria cotidiana pues quién tiene fondo depositados en un banco puede obtener su entrega mediante el mismo procedimiento usado para hacerlos entregar a tercero..
18
los cheques que son librados en el país tienen un plazo que es de 30 días corridos y se cuenta a partir de la fecha que el cheque lleva como declaración si el término vence un día inhábil bancario el cheque podrá ser presentado el primer día hábil siguiente el vencimiento por otro lado tenemos los cheques librados desde el extranjero en estos casos los plazos de cinta ya corridos y de cuenta también a partir de la fecha que el cheque lleva como declaración y lo mismo pasa acá que es que si el término vence un día en aviva bancario el plazo se extiende hasta el primer día hábil si entra el vencimiento. cuando la presentación del cheque dentro de los plazos fue es impedida por un obstáculo insalvable insalvable los plazos de presentación quedarán prorrogados Y si la fuerza mayor dura hace más de 30 días de cumplidos los plazos para la presentación del pago la acción de regreso puede ejercerse sin necesidad de presentación y para terminar si el cheque no se presenta dentro de los plazos mencionados caduca como título de crédito quedando de grado a la condición de simple documento quirografario con reducir eficacia probatoria.
19
una vez presentado el cheque el banco tiene dos opciones el caso de pagar el banco queda liberado ahora el banco responderá anteriorrador en circunstancia por ejemplo cuando paga un cheque en el que la firma de liberador sea visiblemente falsificada también cuando paga un cheque que no reviste los requisitos esenciales qué requisitos y cuando paga un cheque que no hubiera sido extendido en el esqueleto entregado al librador . en caso de no pagar el banco solo puede negarse a pagar en los casos establecido en la ley de cheques y cuando resuelva no pagar por alguna causa el fundado en la ley debe hacer contar la negativa en el título haciendo a contar la causa la fecha y hora de la presentación y el domicilio del grado registrado ante el banco girado La constancia que debe ser suscripta por funcionario autorizado del banco tiene los efectos del protesto y abre la vía ejecutiva para el cobro judicial del cheque por otro lado si el banco se niega a dejar constancia en el cheque o se llega injustificadamente recibirlo este podrá ser demandado por los daños perjuicio ocasionados por otro lado frente a negativa del banco a dejar constancia de los motivos de pago en el cheque nacen cabeza el puerto legitimado La carga de levantar protesto si es que desea posteriormente ejecutar el cheque haciendo uso de las acciones cambiarias
20
la carta de levantar protesto nace en cabeza del portal legitimado cuando frente al negativa de pago el banco se niega a dejar constancia de dicho no pago en el cheque al protesta tiene por finalidad justamente evitar la causa del cheque como tal y habilitar el ejercicio de las acciones cambiarias por parte del portador legitimado por lo tanto ante no pago y negativa dejar constancia por parte del banco el portado legitimado que no quiera perder las acciones cambiarias tendrá la carga de levantar protesta notarial comprobando la negativa y sus circunstancias si el portal legitima no cumple con la cara cambiaria sustancial de levantar protesto en tiempo informa útil el cheque se perjudica como título de crédito cambiario es decir el portal sufre la codicidad de las acciones cambiarias regresivas y el título queda degradado para agregar el portador del cheque dentro de los dos días hábiles bancarios posteriores a la notificación de rechazo del cheque deber aviso asuntos antes y al liberador por su parte Carlos antes dentro de los dos días hábiles bancarios posteriores a la recepción del aviso deberá dar aviso los respectivos endosantes indicando el nombre y el domicilio de quién dio el aviso El aviso también debe darse a los avaristas y la falta de aviso no perjudica las acciones cambiarias pero hace responsable a quien no avisa por los perjuicios causados por su negligencia sin que la reparación pueda acceder el importe del cheque
21
tenemos las acciones cambiar de regreso a término esta acción puede ser ejercida por el portal legitimado del cheque contra el liberador y los endosantes y su respectivos avalistas si los hubiera es decir son legitimados pasivos todo lo que firmaron el cheque para que proceda la acción se debe haber observado la carga de presentación al pago de un término ante el banco girado o ante el banco depositario y el banco debe haber dejado constancia en el título de las causas de rechazo en su defecto se debe haber levantado protesto la acción bajo análisis prescribe al año contando de la expiración del plazo para la presentación después tenemos la acción cambiaria de regreso anticipado este en el cheque cómo se podrá ejercer esta acción cuando habiéndose presentado una causa de fuerza mayor que impida la presentación del pago el cheque dicha causa se extendiera más allá de 30 días en este caso la acción de regreso quedará expedita y sin necesidad de presentación al pago en estos casos el portal legitimado podrá demandar a los endosantes al librador y a sus respectivos sabaristas quedando excluido como el caso anterior aquellos endosante que quedan incluido en la cláusula sin garantía esta acción prescribió el año contando de expiración del plazo para la presentación y la última que sería la acción cambiará de regreso esta opción se denomina adulterio y regreso y puede ser ejercida por aquellos endosantes sus respectivos avalistas y por la valistas del vibrador que haya pagado el cheque la acción bajo análisis podrá hacer ejercitada contra todos los obligados de regreso que garantizan en el anexo cambiario del portador que atendió su pago o que fue demandado judicialmente por su cobro incluyendo ahora si el vibrador quien no puede ser legitimado activo para que para que proceda la acción es necesario tres circunstancias uno que se haya pagado el cheque rechazado judicial o extrajudicialmente todos quien nadie haya sido identificado de la demanda judicial por el cobro del cheque y tres que el cheque va a ser la acción no se haya perjudicado es decir quién requirió el pago lo hizo en tiempo propio cumpliendo con la carga cambiaria de presentación y el rechazo fue debidamente documentado por el banco girado
22
el cheque ese dominio imputado cuando se denuncia el destino del pago al dorso o en el añadido y bajo su firma es decir se denomina cheque imputado con nos indica expresa y precisamente el destino que se le dará al importe del mismo así por ejemplo el cheque podría incluir una mención que indicara que el importe del mismo se imputar al pago de la deuda que el señor a sería liberador tiene con el señor b beneficiario de la imputación en virtud de la relación jurídica x que une las partes la principal consecuencia de esta cláusula es la siguiente cuando es beneficiario de la imputación en 12 o presente al cobro el cheque imputado debe estar aceptando el importe del mismo y la cancelación de la deuda sin que esto admita prueba en contrario así si seguimos con el ejemplo del párrafo anterior si b presenta el cheque imputado al cobro o lo en dos a favor de un tesoro estará por ese solo hecho aceptando el monto de crédito y la cancelación de la deuda que tiene cona en virtud de la relación jurídica x que una de las partes la imputación la puede ser liberador o el portador del cheque en cuanto a los efectos que produce la inclusión de esta cláusula podemos decir que produce efectos cambiarios y extras cambiarios dentro los cambiarios volviendo al segundo párrafo y beneficiario de la imputación presenta el cheque imputado al cobro o lo endosa está aceptando por eso lo hecho el importe del cheque y la cancelación de la deuda estos efectos se producen exclusivamente entre quién inserta la cláusula y el beneficiario de la imputación y cuando hablamos de extra cambiario se obliga al banco girado tanto al cheque tanto con el cheque se ha presentado el cobro por el beneficio del mismo como cuando se ha presentado el cobro por la persona a favor de quien el beneficiario efectuado en Mendoza a verificar la autenticidad de la firma del beneficiario de la imputación debido a que esta obligación se le impone al banco girado es muy difícil de muy difícil cumplimiento la circulación cheque en puntada es casi nula y en la mayoría de los casos en los que se libra este tipo de cheque el beneficiario de la imputación lo cobra directamente en ventanilla o lo depósito pero casi nunca la endosa
23
el cheque se denomina cheque certificado cuando se incluye en su texto una constancia de que existen fondos suficientes ni disponibles destinados al pago exclusivo del cheque la finalidad de este cheque básicamente gantes al portón el cobro es decir que fondo disponibles para el cobro del plazo estipulado y además impedir que el vibrador utilice dicho fondo durante el término por el cual se justificó la certificación del cheque la hace el banco girado a pedido de librador del tomador o del último de saetario y requiere una doble actividad por parte del banco por un lado el banco deberá incluir en el cheque la constancia de que existen fondos suficiente disponibles destinados al pago exclusivo del mismo del modo que quien reciba el cheque tenga certeza de qué se trata de esa variedad iconos casi los términos de la certificación y por otro lado el banco deberá extraer de la cuenta corriente bancaria del liberador los fondos suficientes para el pago del cheque y abrir una cuenta especial es la que escribe acreditará y mantendrá dicho fondos por el plazo de certificación El que como máximo será de 5 días durante este periodo el banco ASUME la responsabilidad de dejar absolutamente al margen los fondos de la certificación con lo cual si el tenedor del cheque lo presenta el cobro del placer de certificación y el pago no se puede efectuar porque no existen fondos como consecuencia el que banco incumplió sin de mantener los fondos para el pago el banco deberá indemnizar al tenedor del cheque la certificación debe llevar la fecha el plazo de duración y debe estar firmada y sellada si el vencimiento certificación el cheque no se cobró los fondos se depositan nuevamente en la cuenta de origen