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T10
  • Dorian De Francisci

  • 問題数 40 • 5/14/2024

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    問題一覧

  • 1

    Titulo-valor es el documento esencialmente transmisible y necesario para el ejercicio del derecho literal y autónomo que en él se menciona.

    Verdadero

  • 2

    Con el término incorporación se indica la conexión que existe entre el documento -título- y el derecho que en él se menciona.

    Verdadero

  • 3

    Los títulos valores son documentos privados, que se caracterizan por la literalidad y la autonomía.

    Verdadero

  • 4

    Todos los títulos-valores son abstractos.

    Falso

  • 5

    La acción de una sociedad anónima es un título declarativo, en serie, de tradición y nominativo.

    Falso

  • 6

    El pagaré es un título constitutivo, individual, cambiario y nominativo.

    Falso

  • 7

    El cheque y la acción pueden ser títulos al portador.

    Verdadero

  • 8

    La transmisión de los valores representados por medio de anotaciones en cuenta tiene lugar mediante la transferencia contable produciendo la inscripción de la transmisión a favor del adquirente los mismos efectos que la tradición de los títulos.

    Verdadero

  • 9

    La letra de cambio es un título-valor que incorpora una orden incondicionada, dada por quien la emite -librador-, a otra persona -librado- de pagar una suma determinada a un tercero -tomador- .

    Verdadero

  • 10

    El librado es un obligado cambiario.

    Falso

  • 11

    Los efectos de la solidaridad cambiaria son los mismos que los efectos de la solidaridad en el derecho común.

    Falso

  • 12

    El pago efectuado por cualquier obligado cambiario extingue el crédito cambiario.

    Falso

  • 13

    La principal diferencia entre la letra de cambio y el pagaré es que la letra consiste en una orden de pago mientras que el pagare consiste en una promesa de pago por su librador, denominado firmante a su tenedor.

    Verdadero

  • 14

    La función principal tanto de la letra como del cheque es la de ser un instrumento de financiación a corto y medio plazo.

    Falso

  • 15

    La Letra de cambio para su validez tiene que reunir los ocho requisitos formales que exige el artículo 1 de la Ley Cambiaria y del Cheque.

    Falso

  • 16

    La letra en blanco es la letra de cambio que a su vencimiento carece de alguno de los requisitos formales esenciales.

    Falso

  • 17

    La letra en blanco no es válida.

    Falso

  • 18

    La falsedad de la firma del librado que es la persona llamada a pagar la letra de cambio hace nula la letra.

    Falso

  • 19

    El aceptante no es un obligado cambiario.

    Falso

  • 20

    El aceptante queda exonerado de pagar la letra de cambio si la firma del que emite la letra -el librador- es falsa.

    Falso

  • 21

    Si quien estampa la firma en nombre del librador en la letra de cambio no tiene poder de representación conferido por el librador la letra no es válida.

    Falso

  • 22

    La negativa del librado a aceptar la letra supone el vencimiento anticipado de la letra de cambio.

    Verdadero

  • 23

    La firma del librado o de su representante en el anverso de la letra vale como aceptación.

    Verdadero

  • 24

    La presentación de la letra a la aceptación es, por lo general, voluntaria.

    Verdadero

  • 25

    El endoso es la declaración contenida en la propia letra de cambio suscrita por el actual tenedor -llamado endosante- tendente a trasmitir la letra a otra persona -llamada endosatario- .

    Verdadero

  • 26

    Los efectos del endoso pleno son los siguientes: traslativo, de legitimación y de garantía.

    Verdadero

  • 27

    El endoso en blanco y al portador son válidos, aunque la letra y el pagaré se emita en títulos nominativos.

    Verdadero

  • 28

    La función del aval es reforzar el crédito cambiario.

    Verdadero

  • 29

    El avalista responde cambiariamente de la misma forma que su avalado.

    Verdadero

  • 30

    El avalista del librado responde del pago de la letra de cambio.

    Falso

  • 31

    El avalista que paga la letra a su vencimiento además de poder ejercitar la acción de reembolso contra su avalado y también puede exigir el pago de la de la letra contra los obligados cambiarios que lo sean con anterioridad a la persona de su avalado

    Verdadero

  • 32

    La letra hay que presentarla al pago a su vencimiento en el domicilio que en ella figure a tal efecto en la propia letra.

    Verdadero

  • 33

    El tenedor de la letra puede negarse a recibir el pago parcial de la letra.

    Falso

  • 34

    Si después del vencimiento de la letra, ésta se encuentra en poder del librado se presume su pago.

    Verdadero

  • 35

    El librado del cheque siempre tiene que ser un banco

    Verdadero

  • 36

    El banco librado del cheque no puede aceptarlo y si lo acepta, la firma se tiene por no puesta.

    Verdadero

  • 37

    El librador del cheque tiene que haber proveído de fondos al banco librado para que éste abone el cheque a su tenedor.

    Verdadero

  • 38

    El librador del cheque puede evitar que se abone en metálico el cheque mediante la cláusula “para abonar en cuenta”.

    Verdadero

  • 39

    El cheque nace vencido por lo que es pagadero a su presentación, aunque la fecha de su emisión sea posterior a la de su presentación al pago.

    Verdadero

  • 40

    El pago del cheque al igual que el pago de la letra de cambio y del pagaré extingue no sólo el crédito cambiario sino también los créditos de las relaciones subyacentes.

    Verdadero